¿De qué se trata la demanda judicial?
El 16 de noviembre de 2001 se aprobó la comercialización y venta de Bextra en los
Estados Unidos, y se retiró del mercado el 7 de abril de 2005. Celebrex fue aprobado
para comercialización y venta el 31 de diciembre de 1998 y continúa en el mercado.
El 29 de julio de 2005, la etiqueta de Celebrex se enmendó para agregar un cuadro
negro de advertencia que indicaba que la Administración de Fármacos y Alimentos
(“FDA, por su sigla en inglés”) federal determinó debería agregarse a las etiquetas
de todos los AINE respecto de los riesgos gastrointestinales y cardiovasculares.
La demanda argumenta:
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a)
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Que Pfizer comercializó falsamente Bextra y Celebrex como fármacos que tenían mayores
beneficios que los fármacos antiinflamatorios no esteroides (AINE) “no selectivos”,
como ibuprofeno o naproxeno, cuando no se habían establecido dichos beneficios;
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b)
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Que la comercialización de Bextra y Celebrex no era consecuente con sus etiquetas
aprobadas por la FDA; y
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c)
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Que esta comercialización supuestamente falsa produjo que los demandantes pagaran
un mayor precio por Bextra y/o Celebrex en lugar de un AINE alternativo de menor
valor o que no comprarán medicamento alguno.
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Pfizer niega cualquier acto indebido. Afirma que sus prácticas de comercialización
fueron honestas, que no conducían a error y que estaban de acuerdo con la etiqueta
aprobada por la FDA que describía beneficios de Bextra y Celebrex que no ofrecían
otros medicamentos de alivio del dolor de menor valor. Pfizer está realizando un
acuerdo para evitar los costos y la distracción que implica continuar con la causa.
¿Cómo sé si estoy incluido en el Acuerdo?
En términos generales, usted es un Miembro de la Clase si, el 29 de julio de 2005,
o con anterioridad a esta fecha, pagó (o se vio obligado a pagar) por Bextra y/o
Celebrex.
La Clase de consumidores contiene dos Subclases:
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(1)
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Todos los consumidores que pagaron por recetas de Bextra o Bextra y Celebrex
(“Subclase Bextra”).
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(2)
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Todos los consumidores que pagaron por recetas de Celebrex, pero no Bextra
antes del 29 de julio de 2005 (“Subclase Celebrex”).
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¿Qué ofrece el Acuerdo?
Pfizer pagará $89 millones para resolver la demanda. Todos los costos asociados
con el aviso y la administración, los honorarios de abogado y las costas judiciales,
y la compensación a los representantes del grupo litigante nombrados por el tiempo
invertido en proporcionar documentos y testimonio en relación con esta causa se
pagarán del Monto destinado para el Acuerdo. Todos los aspectos de este Acuerdo
Propuesto, incluido el pago de dichos honorarios y costos, están sujetos a aprobación
del Tribunal.
En virtud del Convenio, 70% del Monto neto destinado para el acuerdo se designará
para pagar las reclamaciones de los TPP. Esta división fue negociada entre los abogados
que representan a los TPP y los abogados que representan a los consumidores. El
30% restante del Monto neto destinado para el Acuerdo se designará para pagar las
reclamaciones de los consumidores.
Podrá encontrar más información sobre el desglose de los pagos del Acuerdo en el
Aviso detallado.
Sus derechos y opciones legales en este Acuerdo:
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Usted puede:
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Plazo:
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NO HACER NADA
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Si no hace nada, no recibirá un pago del Acuerdo Propuesto. Renunciará a su derecho
de demandar a Pfizer por perjuicios financieros u otra reparación judicial de cualquier
tipo que se derive de cualquier conducta, eventos o transacciones relacionados con
Bextra o Celebrex que hayan sido argumentados, o que pudieran haber sido argumentados,
en una demanda judicial.
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N/C
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Presentar un FORMULARIO DE RECLAMACIÓN
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Enviar un Formulario de reclamación:
ésta es la única forma en que puede recibir un pago del Acuerdo Propuesto.
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PDebe tener sello postal a más tardar el 23 de octubre de 2009 O bien, puede Presentar
en línea a más tardar el 23 de octubre de 2009
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EXCLUIRSE
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Excluirse de la Clase: Puede escribir y solicitar su exclusión de la Clase
y conservar su derecho de demandar a Pfizer en forma individual en relación con
las reclamaciones de la demanda. Para obtener más información sobre cómo Excluirse,
haga clic aquí para
leer el Aviso.
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Debe tener sello postal a más tardar el 30 de junio de 2009
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OBJETAR O COMENTAR SOBRE EL ACUERDO PROPUESTO
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Si no se excluye, puede comparecer y testificar en la Audiencia de Aprobación Final
en forma personal o a través de su propio abogado para objetar o comentar sobre
el Acuerdo Propuesto. Para obtener más información, haga clic aquí para leer el Aviso.
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Se debe recibir a más tardar el 20 de julio de 2009
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